Partiendo del urbanismo de
la tercera vía, calculamos el territorio necesario para el desarrollo
urbanístico previsto.
Siempre debemos preveer al
menos el doble del territorio que vayamos a urbanizar, de manera que al menos
el 50% del terreno, será libre, no urbanizado, no urbanizable y como reserva
natural de la parte del territorio que vamos a ocupar.
Este territorio no
urbanizado y no urbanizable, deberá calcularse como sistema natural activo. El
sistema natural activo no puede utilizarse como territorio agrícola, salvo las
explotaciones de bosque natural, cuyo único producto sea el residuo natural, o
frutos sin explotación comercial.
El sistema natural activo,
debe funcionar como abastecimiento de agua natural, abastecimiento de Oxigeno y
reciclaje de CO2, productor de restos del bosque natural para fabricación de
combustible para producción de calor (acs, calefacción…) del área a urbanizar.
El sistema natural activo,
deberá definirse dentro del área a desarrollar, como continuación de sistema
natural activo de las parcela adyacentes, si los hubiera, o preveer el futuro
desarrollo de este, en base a los potenciales del territorio preexistente, con
prioridad de estos sobre el desarrollo urbano previsto. En este sentido, antes
de dibujar el desarrollo urbano, deberá a priori, analizarse el hábitat natural
existente o preexistente, y recuperarlo o potenciarlo, con los sistemas
naturales a nuestra disposición, cauces de agua, arbolado autóctono, espacios
naturales de sombra, valles acumuladores de agua, sistemas de mejora de la
biodiversidad preexistente…
Una vez estudiado e iniciado
el sistema natural activo, podrá iniciarse las propuestas urbanas, conectadas
con la red urbana existente (si procede).
Toda actividad propuesta
(residencial, industrial, económica…) deberá asumir y gestionar su afección con
el medio ambiente. En este sentido, no podrá afectar a las parcelas adyacentes,
con ningún vertido, ni emisión que le resulte nocivo. Los sistemas de
abastecimiento energético, agua, alimentario deberán estar estudiados y
analizados previamente, para realizar el correspondiente ploan de residuos del
área a urbanizar.
Toda parcela a desarrollar,
que no disponga de sistemas de autogestión y utilice las redes urbanas
existentes de abastecimiento de agua, red de saneamiento, alumbrado, energía,
deberán realizar las infraestructuras necesarias además de asumir el sobre
coste de este servicio, que deberá ser mucho más alto que, el de las parcelas
que dispongan de sistemas de autogestión en la medida de lo posible. La única
manera de compensar, la no construcción y utilización de sistemas de
autogestión urbana, supondrá aumentar el área del sistema natural activo a una
proporción mayor que el 50 % establecido de base.
La libre construcción de la ciudad y del territorio
Este sistema de libre
construcción de la ciudad y del territorio, permite reservar a cada área a
desarrollar el 50% de “reserva de la biosfera”, que será mantenido en
condiciones de sistema natural activo, asignado al área urbano desarrollado
para siempre, como contraprestación a la libre construcción de la ciudad sin
planeamiento general necesario. El único planeamiento necesario será el propio
de la parcela, donde se incluirán las dotaciones, redes urbanas, espacios libres,
infraestructuras exigidas a cualquier ciudad, poblado o barrio contemporáneo.
Este modelo, permitirá llevar a cabo propuestas urbanas en papel, con sus
estudios correspondientes de red de corredores ecológicos, sistemas naturales
activos, red viario, posibilidad de continuación de trama urbana, red de
infraestructuras, sistemas de depuración, sistemas de ahorro energético propio,
sistemas de gestión solar natural o por acumulación, afección al medio
ambiente, con datos y cálculos.
Gestión del suelo de la libre construcción
Una vez creado el modelo de
desarrollo completo y presumiblemente autosuficiente, se iniciará el proceso
legal de autorizaciones, sin estar garantizada su aprobación en un periodo que
deberá marcarlo la reglamentación urbana vigente. La solicitud la podrá
iniciar, cualquier agente, no obstante para iniciar el trámite de ejecución
deberá ser propietario; por lo que la gestión participativa, compartida y
consensuada con los diferentes agentes será fundamental.
La propuesta podrá ser recurrida
por cualquier afectado por ser propietario de parcela adyacente. Esto complica
la gestión de tal manera que hace necesaria una intervención de largo proceso,
necesaria para el desarrollo de baja velocidad.
De esta manera el
propietario podrá especular con el valor del suelo sin garantía alguna que se
consiga convertir su suelo en urbano, en sistema natural activo o en
infraestructura asociada al resto de la propuesta.
De esta manera se podrá
construir tanto como permita el 50% del territorio restante, manteniendo las
condiciones establecidas para cualquier parcela:
-
Continuación de
la red urbana existente, o conexión con red de infraestructuras viarias
existentes.
-
NO emisiones a
parcelas adyacentes.
-
NO vertidos a
parcelas que no sean propias para ser tratadas.
-
NO arrojar
sombra de ningún edificio de la parcela a ninguna parcela adyacente.
-
Mantenimiento de
condiciones de soleamiento, a todos los edificios, de forma y manera que puedan
abastecerse de sistemas solares natural o inducidos.
-
Rendimiento máximo
del ciclo del agua, de manera que se reduzca el consumo de agua potable, para
usos que no sean el consumo humano, e introducción de depuración primaria
(aguas grises) para su reutilización, y depuración completa para su vertido a
redes urbanas a canales filtrantes con vertido al medio ambiente.
Medidas correctoras de las explanaciones
La preparación del terreno a
urbanizar, supone realizar movimientos de tierra, a veces importantes.
Prevalecerá el sistema natural activo para seleccionar el territorio a
edificar. En los valles, el fondo del valle parece más propicio para el
desarrollo del sistema natural activo, por lo que el desmonte autorizado en la
ladera para conseguir territorio edificable, supondrá una medida correctora
añadida, para la recuperación de la biosfera eliminada con esta acción, lo que
supone el aumento de la superficie natural activa a más del 50% del área,
calculada en base a un estudio previo.
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